¿Quieres recuperar tus impuestos?
Escrito por Redacción el 02 Jun 2010

Foto: Archivo./ elempresario.mx
En México, ser cumplido en el pago de impuestos tiene sus ventajas. Además de contribuir al avance del país, el gobierno ofrece a sus causantes el “Programa de devoluciones automáticas”, que incluye a personas físicas que presentan su declaración anual normal o complementaria del 2009 y se ubiquen en los supuestos siguientes:
- Que tengan saldo a favor del ISR mayor a 200 pesos.
- Presenten su declaración en los formatos vigentes, ya sea de forma electrónica o en papel.
- Envíen su declaración vía electrónica, utilizando su certificado de Firma Electrónica Avanzada (Fiel), tratándose de saldos a favor iguales o superiores a 10,000 pesos.
- El importe a devolver será de hasta 100,000 pesos. Si la cantidad excede a este importe, se deberá solicitar mediante el formato 32 (solicitud de devolución), ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal.
- Obligatoriamente deberán señalar su número de cuenta bancaria CLABE.
- La cuenta bancaria CLABE deberá ser única por contribuyente y encontrarse activa en el banco a la que corresponda.
- Señalen la opción de devolución en la declaración del ejercicio.
- No presenten inconsistencias en el llenado de la declaración: errores aritméticos y/o de cálculo, errores u omisiones en los datos de identificación, etcétera.
- Indiquen correctamente el RFC de su(s) retenedor(es), en caso de que registren en su declaración información de impuestos retenidos.
- Indiquen correctamente el RFC de la(s) persona(s) con la(s) que haya realizado operaciones deducibles.
- Mencionen la totalidad de los retenedores con los cuales tuvieron relación laboral o comercial durante el ejercicio 2009.
- Los contribuyentes cuyo saldo a favor no se autorice por encontrarse en alguno de los supuestos señalados en los numerales 1 y 11, con excepción del 4 mencionados, podrán presentar declaración complementaria corrigiendo las inconsistencias detectadas y optar nuevamente por la devolución automática, o bien, pedir su devolución ante la Administración Local que corresponda a su domicilio fiscal, a través del formato 32, en su caso.
Para conocer los detalles de este programa, qué excepciones existen, los rangos de contribución que participan, entre otras cosas revisa: http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/declaracion_anua....
CRÉDITO:
Redacción